Fuertes críticas del Colegio de Escribanos del Chubut al impuesto a la herencia que quiere imponer el Gobierno

Las manifestó a través de un comunicado que difundió a través de las redes sociales. Se trata de uno de los proyectos que el Gobierno de Arcioni pretende que se traten en la sesión extraordinaria convocada para el miércoles.

Chubut 27 de enero de 2020 Redacción
Proyecto herencia

El Colegio de Escribanos del Chubut emitió un comunicado en el que dedicó fuertes argumentos contra el proyecto de impuesto a la herencia que el Gobierno pretende, entre otras propuestas, que se trate en la sesión extraordinaria que fue convocada para el miércoles. 

Aquí, el comunicado completo:

El Colegio de Escribanos del Chubut, cuyos miembros son actores que en el cumplimiento de su función, están en permanente contacto con la población de esta Provincia y por tanto toman conocimiento de la situación financiera de sus habitantes, observan con preocupación el proyecto de creación de un nuevo impuesto, el denominado comúnmente "impuesto a la herencia" que afecta a todos aquéllos que reciben bienes a título gratuito, sea por herencia, donaciones, legados u otros.

Este impuesto, rémora de épocas pasadas y que hace años fue derogado, resurge como una nueva forma de recaudar del Estado sin contemplar, que afecta a quienes simplemente reciben una vivienda, a quienes reciben otros bienes que pueden destinar a fuente de trabajo, que produce una actividad económica que beneficia a la comunidad. Por el sólo hecho de heredar, deberá el ciudadano de esta provincia abonar un nuevo impuesto y el proyecto fija un mínimo que actualmente duplica el salario, por ejemplo, de un empleado de comercio. Es tan abarcativo el impuesto, que incluso grava los bienes que pudieren estar fuera de la provincia pero que lo recibe un habitante de la misma, e incluso faculta a la autoridad de aplicación para intervenir las cajas de seguridad de los Bancos.

Afecta derechos consagrados por la Constitución Nacional: -igualdad y derecho de propiedad; -plantea carga tributaria diferente, de acuerdo si el contribuyente posee bienes dentro o fuera de la provincia; -confiscatorio, en razón de que el impuesto aplica desconociendo en su totalidad las posibilidades patrimoniales de los afectados para poder tributarlo; -doble o múltiple imposición de impuestos; el titular del bien que se transfiere a título gratuito ya tributó durante su vida impuestos sobre dicho bien (bienes personales, impuestos al ingreso al patrimonio, etc.).

Afecta derechos consagrados por la Constitución Provincial: artículo 93, que establece el principio orientador de ubicación territorial de los hechos imponibles; y el artículo 94, que establece los objetivos de la política tributaria de la provincia.

Este impuesto, cuyos fundamentos sólo son lograr mayor recaudación del Estado provincial en pos de mantener su gravoso funcionamiento, sin destino fijado y sin contemplar, que deberán abonarlo sus habitantes por sobre la múltiple existencia de otros impuestos y tasas que van en menoscabo de los ingresos de los chubutenses y de sus posibilidades de mejorar su pasar, resultará gravoso y recesivo y seguramente, volverá como antaño, a la existencia de bienes heredados sin regularizar su situación jurídica y muchos abandonados.

Por las consideraciones efectuadas y muchas más, que seguramente valorarán nuestros representantes en el Poder Legislativo, es que INSTAMOS, NO SE APRUEBE EL PROYECTO PRESENTADO, sino que se proceda a un análisis profundo de sus consecuencias en forma previa y con las valoraciones que merece el caso.

A tales efectos, este Colegio, a través de sus miembros se pone a disposición para colaborar siempre en el entendimiento que, las distintas opiniones y valoraciones aportan para mejorar el sistema.

COLEGIO DE ESCRIBANOS de la PROVINCIA DEL CHUBUT

Consejo Directivo

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