Se aprobó proyecto de ley de Pagliaroni que posibilita a argentinos por opción ingresar a la Policía del Chubut

La iniciativa fue avalada por unanimidad en la sesión ordinaria realizada el pasado 10 de marzo. El legislador radical del bloque de Cambiemos recogió un pedido que por nota realizó un ciudadano de origen boliviano.

Chubut25 de marzo de 2016 Redacción
La Legislatura de la Provincia del Chubut aprobó por unanimidad, en la sesión ordinaria realizada el 10 de marzo, un proyecto de ley del diputado Manuel Pagliaroni, integrante del bloque de Cambiemos por la Unión Cívica Radical (UCR), por el cual se modifica, como requisito de ingreso a la Policía del Chubut, la necesidad de ser argentino nativo. A partir de la nueva propuesta, que tuvo el aval de los diputados de todos los bloques, aquellos que quieran ingresar a la fuerza podrán ser argentinos por opción o nacionalizados.
Acerca del origen de la iniciativa, que también había sido aprobada por unanimidad en Comisión, Pagliaroni comentó que la misma surgió luego de que un ciudadano de origen boliviano enviara una nota a los diputados en la cual planteaba la inquietud de ingresar a la fuerza y la restricción con la que contaba, a pesar de ser nacionalizado argentino. La nota fue recogida por el diputado radical quien la transformó en el mencionado proyecto legislativo, aprobado por unanimidad en la cámara.
“Además de poner en pie de igualdad a las personas, de acuerdo con lo que establece nuestra propia Constitución Nacional y también la Provincial, es importante esta modificación por la necesidad de sumar personal que tiene la Policía del Chubut. A partir del cambio de este requisito, se amplía la posibilidad de que la fuerza cuente con más gente para mejorar la seguridad ciudadana”, agregó.
En los fundamentos del proyecto, que llevó el número 14/16 y fue elevado el 16 de febrero, Pagliaroni mencionó que el mismo pretende “subsanar una situación de flagrante discriminación hallada en la ley del Personal Policial de nuestra provincia, Ley XIX-N ° 8 (antes N° 1561)”.
“La legislación vigente -agregó- establece como requisito para ingresar a la fuerza policial provincial ser ‘argentino nativo’. Esta condición se contradice con la legislación migratoria que permite que todo extranjero pueda obtener la ciudadanía argentina y, con ello, obtener el mismo status jurídico, en derechos y obligaciones, que cualquier otro ciudadano nacido en nuestro país”.
Pagliaroni agregó que “la Argentina tiene una raigambre cultural y legislativa respecto del inmigrante que le brinda protección y promueve la no discriminación. Se establece que el derecho a la migración es esencial e inalienable de la persona y que se garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad”.
El legislador recordó que “tan alta es la protección de los derechos humanos que les asiste a todos los extranjeros, tanto en el país como en nuestra provincia, que la Constitución Provincial en su artículo 6º reza: ‘No se dictarán leyes o reglamentos que disminuyan la condición del extranjero’, así como también establece fuertes parámetros contra todo tipo de discriminación”.
Además, Pagliaroni consideró que “la adopción de la ciudanía por parte de un individuo nacido en otro país no solo conlleva consecuencias jurídicas, equiparándolo al nativo argentino, sino que también demuestra el afecto a nuestra tierra, el respeto a nuestras leyes, la adopción de nuestras costumbres y nuestras símbolos patrios; en otras palabras es un ciudadano que eligió ser argentino”.
Así, “la posibilidad de incorporarse a la fuerza policial no tiene consecuencias negativas, peligros o afectación de la soberanía ni la seguridad pública, ya que, cumplidos todos los requisitos legales, quien adopta nuestra nacionalidad es tan argentino como quienes tuvimos en suerte nacer en este país, con todos los derechos y sus obligaciones”.
“Esta situación que se pretende remediar ya ha sido contemplada en otras fuerzas de seguridad. Por ejemplo, la Ley de Gendarmería Nacional N° 19.349 y la Ley de Prefectura Naval Argentina N° 18.398 establecen, justamente, la posibilidad que ingresen en dichas instituciones argentinos nativos o por opción”.
De esta manera, el artículo 39 de la Ley Provincial XIX - N° 8 quedará redactado de la siguiente manera: “Son requisitos comunes para el ingreso del personal policial de todas las Agrupaciones: a) Ser argentino nativo, naturalizado o por opción”.
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