El Superior Tribunal confirmó el rechazo a la candidatura de Peruzotti en Madryn, pero habilitó adhesiones de boletas en Juntos por el Cambio

El máximo organismo judicial chubutense lo dio a conocer este jueves. Peruzotti deberá ser reemplazada como candidata a viceintendenta en fórmula con Daniel Laudonio.

Chubut30 de junio de 2023RedacciónRedacción
Superior Tribunal de Justicia

El STJ decidió este jueves, por mayoría, confirmar la resolución del Tribunal Electoral de Puerto Madryn y rechazar la candidatura por falta de residencia de Vanesa Peruzotti.

No obstante, se le hace saber al impugnante que está vigente lo dispuesto en el inciso 2 de la Resolución del TEM y por lo tanto la candidata deberá ser reemplazada.

En el primer punto de la resolución se aceptó la excusación formulada por la Dra. Camila Banfi Saavedra y posteriormente se confirmó, por mayoría, “la Resolución 006/23 dictada por el Tribunal Electoral Municipal de Puerto Madryn, de fecha 15 de junio de 2023 en cuanto rechaza la candidatura de la Sra. Vanesa Liliana Peruzotti” para el cargo de viceintendenta de Puerto Madryn por la Alianza Juntos por el Cambio Chubut.

En el tercer punto de la resolución se determinar “remitir las actuaciones al Tribunal Electoral Municipal de Puerto Madryn, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 2° de la mencionada Resolución 006/23”.

Adhesión de boletas

Por otra parte, el pleno de los ministros del STJ hizo lugar al recurso de apelación planteado por los apoderados de la Alianza Transitoria Juntos por el Cambio Chubut y autorizó la adhesión de boletas requerida.

Al igual que en la anterior resolución, se aceptó como primer punto la excusación formulada por la Dra. Camila Banfi Saavedra y en el segundo punto se resolvió “hacer lugar por las razones expuestas en los considerandos, al recurso de apelación deducido por los señores Jorge Rubiolo y Ricardo Furci, en carácter de apoderados de la Alianza Transitoria Juntos por el Cambio Chubut, patrocinados por el Dr. Andrés P. Arbeletche, contra la providencia del TEP de fecha 18/6/2023”, y en consecuencia se revocó la providencia de fecha 18/6/2023 y autorizar la adhesión de boletas requerida. El artículo tercero es de forma.

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